La Escuela Económica | Esteban Delgado
@estebandelgadoq
Un fondo de pensión que no ha sido devuelto ni reconocido
Los
trabajadores saben que cotizan desde mediados de 2003 en un plan de pensiones
que consiste en la capitalización individual. También saben que si comenzaron a
cotizar con más de 45 años (44 años según reciente medida), entonces, al
cumplir 60 años (edad de retiro) pueden recibir en un solo pago el fondo
acumulado si no alcanza para una pensión.
Los
trabajadores están conscientes de que, si comenzaron a cotizar al nuevo sistema
con menos de 44 años y al llegar a los 60 años deciden retirarse, en caso de
que el fondo no alcance para una pensión mínima, se les entregará su dinero en
partidas mensuales, como su fuera una pensión, pero hasta agotar el monto
acumulado.
Esto indica
que, con pensión o sin pensión, el dinero ahorrado por los trabajadores, sus
empleadores y el rendimiento que generan los fondos por inversión de las
Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) no se pierde. De una forma u otra,
ese dinero es entregado al trabajador.
Pero hay unos
recursos que se han quedado en el aire y que el Gobierno, a través del Consejo
Nacional de la Seguridad Social (CNSS) tiene la obligación legal de velar por
su reconocimiento, pero no lo ha hecho.
Se trata de lo
siguiente: los trabajadores del Estado que estaban cotizando antes del nuevo
sistema, es decir, en el antiguo método de reparto, pueden sumar esos años de
cotización a los años de aportes posteriores al 2003. Entonces, al cabo de 30
años acumulados y al llegar a edad de retiro, tienen derecho a su pensión.
Pero no ocurre
así con los fondos acumulados por trabajadores del sector privado antes del
nuevo sistema, a quienes no les reconocen los fondos acumulados previamente y
ahora mismo tienen ese dinero prácticamente perdido.
Les pongo un
ejemplo. Si usted comenzó a trabajar en el sector privado en 1998 estaba
cotizando desde esa fecha en el antiguo sistema de reparto, que se depositaba
en el Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS), que fue recientemente
absorbido por el Idoppril.
Entonces, a
mediados de 2003 usted siguió trabajando en el sector privado y comenzó a
cotizar al nuevo sistema. Esto indica que cuando usted cumpla 60 años y acumule
30 años de cotización, podrá recibir una pensión “digna”. El problema es que
los cinco años que usted cotizó antes del 2003 no están siendo reconocidos,
sino que se están contando los 30 años de cotización a partir del nuevo
sistema.
¿Y qué pasa con
los fondos acumulados en el antiguo sistema? Buena pregunta. Se supone que el
Estado debería crear los mecanismos para que sea reconocido, pero no lo ha
hecho.
La Ley 87-01 de
Seguridad Social establece en su Artículo 41, Párrafo III.- “El Consejo
Nacional de Seguridad Social, con el apoyo técnico de la Superintendencia de
Pensiones, gestionará ante el Estado Dominicano un certificado de
reconocimiento, de carácter excepcional, a favor de los trabajadores afiliados
a las cajas o fondos de pensiones especiales creados mediante ley que sean disueltas
por falta de viabilidad financiera y actuarial, siempre que el afiliado haya
cotizado regularmente a las mismas durante cuatro (4) años o más. Los planes de
pensiones disueltos deberán transferir, en un plazo no mayor de noventa (90)
días hábiles, la parte de los activos correspondientes a cada afiliado a la AFP
seleccionada por éste”.
Más adelante,
la misma Ley, en su Artículo 43, Acápite c): “A los afiliados protegidos por
las leyes 1896 y 379 con edad de hasta 45 años se les reconocerán los años acumulados
y recibirán un bono de reconocimiento por el monto de los derechos adquiridos a
la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, el cual ganará una tasa de
interés anual del 2% por encima de la inflación, redimible al término de su
vida activa. Adicionalmente, las nuevas aportaciones irán a una cuenta a su
nombre que serán invertidas e incrementadas con los intereses y utilidades
acumulados durante el resto de su vida laboral”.
El problema es
que esos aspectos de la Ley 87-01 no se han cumplido y por eso, los fondos
acumulados antes del 2003 están en el “limbo”.
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