Humanismo Integral | VN
Las personas transexuales pueden recibir el
Bautismo
Un documento del Dicasterio para la Doctrina de la Fe
firmado por el Prefecto Víctor Fernández y aprobado por el Papa en la audiencia
del 31 de octubre expresa una opinión positiva si no crea escándalo entre los
fieles. No hay ningún obstáculo para ser testigos en una boda. Sí al bautismo
de los hijos de parejas homosexuales, aunque nazcan de gestaciones subrogadas.
Las personas transexuales, incluso si han sido
sometidas a un tratamiento hormonal o a una cirugía de reasignación de sexo,
pueden recibir el bautismo "si no existen situaciones en las que exista
riesgo de generar escándalo público o desorientación entre los fieles". Y
los hijos de parejas homosexuales pueden ser bautizados incluso si nacen de
vientres de alquiler, siempre que exista una esperanza fundada de que serán
educados en la fe católica. Así lo afirmó el Dicasterio para la Doctrina de la
Fe en una respuesta firmada por el Prefecto Víctor Manuel Fernández, y aprobada
por el Papa el 31 de octubre pasado.
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COMPLETO DEL DOCUMENTO
Fue Monseñor José Negri, obispo de Santo Amaro en
Brasil, quien pidió aclaraciones sobre la posible participación en los
sacramentos del bautismo y del matrimonio por parte de personas transexuales y
homosexuales en julio pasado. Las respuestas "re-proponen, en esencia, los
contenidos fundamentales de lo que ya ha sido dicho sobre este tema por este
Dicasterio en el pasado".
En cuanto al bautismo de la persona transexual, la
respuesta es sí, siempre que no genere escándalo. Ya sea adulto, niño o
adolescente, "si está bien preparado y dispuesto". El Dicasterio,
ante las dudas "sobre la situación moral objetiva en la que se encuentra
una persona", o sobre "sus disposiciones subjetivas hacia la
gracia" (y por tanto también cuando la intención de enmendarse no aparece
plenamente) propone algunas consideraciones. La Iglesia enseña que, cuando el
sacramento del Bautismo "se recibe sin arrepentimiento de los pecados
graves, el sujeto no recibe la gracia santificante, aunque recibe el carácter
sacramental", que es indeleble, como leemos en el Catecismo, y
"permanece para siempre en el cristiano como disposición positiva hacia la
gracia". A través de citas de Santo Tomás y San Agustín, el Dicasterio nos
recuerda que Cristo continúa buscando al pecador y cuando se produce el
arrepentimiento, el carácter sacramental recibido dispone inmediatamente a
recibir la gracia. Por este motivo, el Papa Francisco ha repetido varias veces
que la Iglesia no es una aduana y, especialmente en lo que respecta al
bautismo, la puerta no debe cerrarse a nadie.
Es más problemático para una persona transexual ser
padrino o madrina en el Bautismo.
«En determinadas condiciones, se puede admitir», se
lee en el documento, pero se recuerda que esta tarea no constituye un derecho,
por lo que «la prudencia pastoral exige que no se permita si existe riesgo de
escándalo, legitimación o una desorientación en el campo educativo de la
comunidad eclesial". No hay ningún problema para que la persona transexual
sea testigo de una boda porque nada lo prohíbe en la "legislación canónica
universal vigente".
Una segunda parte de la nota se refiere a las personas
homo-afectivas. ¿Pueden figurar como padres de un niño que se va a bautizar,
aunque sea adoptado u obtenido con "otros métodos como el vientre de
alquiler"? El Dicasterio responde: "para que el niño sea bautizado
debe haber una esperanza fundada de que será educado en la religión
católica".
Luego se aborda el caso de una persona homo-emocional
y conviviente que pide ser padrino o madrina de una persona que está siendo
bautizada. Está obligado a llevar "una vida conforme a la fe y al papel
que asume". "El caso es diferente – explica el documento – en el que
la convivencia de dos personas homo-emocionales consiste, no en una simple
convivencia, sino en una relación estable y declarada more uxorio,
bien conocida por la comunidad". El Dicasterio para la Doctrina de la Fe
pide la debida prudencia para "salvaguardar el sacramento del Bautismo y,
sobre todo, su recepción, que es un bien precioso que hay que proteger, ya que
es necesario para la salvación". Pero recuerda que hay que
"considerar el valor real que la comunidad eclesial da a las tareas de los
padrinos y madrinas, el papel que tienen en la comunidad y la consideración que
muestran hacia la enseñanza de la Iglesia". Finalmente, se sugiere la
posibilidad de que "exista otra persona del círculo familiar que pueda
garantizar la correcta transmisión de la fe católica al bautizado".
Por último, nada impide que "una persona
homo-emocional que convive" sea el testigo de una boda.
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