Espiritualidad | Ángel Castaño Félix*
En la senda de la tradición
La nota Mater populi fidelis emanada del Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha de ser leída, como todo
documento vinculado al Magisterio de la Iglesia, con el criterio de continuidad
histórica. El amor y la devoción a la Madre de Dios es
inherente a la tradición. La Iglesia anima a los fieles a dar el
culto debido a la Virgen María. Ya Pablo VI tuvo, en 1974, con la exhortación
apostólica Marialis cultus el deseo de ofrecer criterios
y orientaciones para que el culto mariano expresase correctamente la fe,
corrigiendo o evitando expresiones cultuales que podrían oscurecer su dimensión
cristológica y eclesiológica. «En la Virgen María todo es referido a Cristo y
todo depende de Él», escribía en ella; y pedía que «en las expresiones de culto
a la Virgen se ponga en particular relieve el aspecto cristológico y se haga de
manera que estas reflejen el plan de Dios…» (MC 25). El amor singular que la Iglesia tiene a la Virgen María no la
separa del misterio de Cristo, de quien depende radicalmente, y solo
en este contexto cristológico-trinitario y eclesiológico se respeta en verdad
el lugar que ocupa la Virgen María en la historia de la salvación.
Esta es la intención de la nota que nos ocupa. Afirmo
que —al contrario de lo que en muchos círculos y redes sociales se ha
manifestado— se mantiene claramente en la línea de la
tradición multisecular, ya desde los santos padres de los primeros
siglos. Lo que esta ha afirmado es la cooperación singular de la Virgen María al misterio de la salvación
y/o de la redención. Si algo afirma la nota es esta cooperación (41 veces
citada).
El documento se limita a llamar la
atención sobre algunos aspectos problemáticos que plantean determinados títulos
otorgados a la Virgen María. Lo hace aludiendo a la tradición
patrística y en el mismo espíritu del Concilio Vaticano II y de los Papas
posteriores. El criterio de la revisión es no devocional ni antidevocional,
sino el dato objetivo de la fe en relación al misterio de Cristo y de la
salvación, insertando a la Santísima Virgen María en el lugar que ella ocupa
realmente.
Alentando la devoción mariana, subraya que ciertas expresiones,
no debidamente matizadas ni suficientemente bien explicadas, sugieren
contenidos poco acordes con el equilibrio de la fe en Cristo y de su única y
exclusiva mediación salvífica.
Así, por ejemplo, con el título Madre de la Gracia, presente en las letanías
lauretanas. Si este título equivale a Madre de Cristo es totalmente aceptable.
Si se entiende en el sentido de que la Madre del Señor sería de algún modo
«fuente» de la gracia, sería erróneo, pues la fuente de la gracia es solo Dios
en Cristo por el Espíritu Santo que se nos da en la Iglesia y también por la
cooperación de la Virgen María.
Lo mismo sucede con el término
«mediadora», claramente reconocido en la tradición y afirmado en
el Concilio Vaticano II. Encontramos, sin embargo,
actualmente usos de este título en oraciones o canciones muy populares que
empañan la única mediación de Cristo, que parece secundaria respecto a la de la
Virgen María, bien porque se separan ambas mediaciones, bien porque al final se
expresa mayor confianza en la Madre que en el Hijo; olvidando además que los
fieles tenemos acceso «inmediato» a Cristo, de modo que como subraya el
Concilio, la Madre del Señor participa de la mediación de Cristo y, por tanto,
es mediadora pero no «entre» Cristo y nosotros, sino unida íntimamente a
nosotros y al Señor.
Lo que más revuelo ha causado es lo relativo al término —y subrayo: al término— «corredentora». Un
análisis tranquilo del documento deja ver que la única preocupación que subyace
sobre el término es cómo encaja en la fe en la única redención de Cristo. El
tema no es el amor o el desamor a la Virgen María. El tema está en lo que
ya dijo el cardenal Ratzinger siendo prefecto de la Congregación para
la Doctrina de la Fe y repitió siendo Papa: que, admitiendo la cooperación de la Virgen María en la obra de la
redención, el término «corredentora» sugiere algo que va más allá y que
oscurece el dato de la fe. La tradición ha hablado siempre de un
único Redentor y el término corredentora sugiere (así lo explican algunos de
sus defensores) dos redentores, uno principal y otro subordinado.
Pero la nota no tiene intención de cerrar el debate
teológico ni pretende ser exhaustiva. Considera que el término es
inapropiado y por eso desaconseja su uso, aunque no lo prohíbe.
Queda abierto el horizonte de la discusión y de la investigación teológica
sobre el asunto. Este, como todos los documentos de la Iglesia, debe leerse con
el criterio de la fidelidad a la revelación, de la comunión y de la libertad
teológica en asuntos discutibles y siempre en el espíritu de caridad de unos
con otros que debe predominar.
*Profesor de Mariología en la UESD


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