Comunicación | VN
Sacerdotes y laicos
lefebvristas: Procedimiento para volver a la comunión católica
El Dicasterio
para la Doctrina de la Fe envía a los obispos de todo el mundo una comunicación
sobre el procedimiento que deberá seguirse para readmitir a quienes decidan
abandonar la Fraternidad Sacerdotal San Pío X tras el acto cismático que dio
lugar a una nueva excomunión.
Para el
regreso a la plena comunión con la Iglesia católica después del acto cismático
del 1 de julio no será necesario repetir la experiencia de comisiones
especiales, como ocurrió en el pasado con la comisión Ecclesia Dei,
porque el Dicasterio para la Doctrina de la Fe ya ha establecido un
procedimiento tanto para los sacerdotes como para los fieles laicos, implicando
directamente a los ordinarios diocesanos y a los responsables de las
fraternidades que celebran según el rito antiguo y permanecen en comunión con
Roma. Las instrucciones están siendo transmitidas estos días a través de las
nunciaturas, tal como ya se había anunciado en la Nota explicativa publicada el 2 de julio por
el Dicasterio.
Reconciliación para los sacerdotes
El
procedimiento que sigue el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, a partir del 1
de julio de 2026, establece que el sacerdote que haya decidido abandonar la
Fraternidad Sacerdotal San Pío X, dispuesto a aceptar el Concilio Vaticano II y
la legitimidad del Novus Ordo Missae, aunque permanezca vinculado
al rito antiguo, deberá «encontrar un Ordinario (obispo diocesano, superior
mayor de institutos religiosos clericales de derecho pontificio y de sociedades
clericales de vida apostólica de derecho pontificio, etc.) dispuesto a
acogerlo ad experimentum».
Posteriormente,
el sacerdote deberá «escribir de su puño y letra una carta al Santo Padre en la
que se presente y solicite la remisión de las censuras en que haya incurrido
por haber recibido la ordenación de un obispo excomulgado o irregular, o bien
por haber ingresado posteriormente en la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, aun
habiendo sido ordenado válida y legítimamente».
Profesión de fe y Fórmula de adhesión
El sacerdote
deberá adjuntar asimismo el certificado de ordenación sacerdotal y presentar,
fechadas y firmadas, la Professio fidei (Profesión de
fe) y la Formula adhaesionis (Fórmula de adhesión).
La Profesión
de fe resume los contenidos esenciales de la fe católica. La Fórmula de
adhesión compromete al sacerdote a guardar fidelidad al Papa y a abstenerse de
atacarlo públicamente, así como a su magisterio. Además, acepta la doctrina
expuesta en el número 25 de la constitución dogmática conciliar Lumen
gentium sobre la adhesión al magisterio de la Iglesia.
Declara igualmente que considera válida la celebración de la Misa según los
ritos promulgados por Pablo VI y Juan Pablo II y que acepta las normas del
Código de Derecho Canónico promulgado por Juan Pablo II.
El sacerdote
deberá hacer llegar estos documentos (la carta, el certificado de ordenación,
la Profesión de fe y la Fórmula de adhesión) por medio del Ordinario, «quien
manifestará en la carta de acompañamiento su disponibilidad para acogerlo ad
experimentum en su diócesis o en su instituto».
Una vez
recibida la documentación enviada por el Ordinario, el Dicasterio emitirá un
rescripto de remisión de las censuras, autorizando al Ordinario a recibir al
sacerdote solicitante «por un período de prueba de al menos un año y no
superior a tres, al término del cual podrá procederse a su incardinación».
La reconciliación de los fieles laicos
Este
procedimiento, explica el Dicasterio, «se refiere a la cuestión de la
imputabilidad o del grado de responsabilidad subjetiva de los fieles laicos que
se hayan adherido formalmente o frecuenten la Fraternidad Sacerdotal San Pío X
y que soliciten entrar en plena comunión con la Iglesia católica».
En efecto, la
imposición de una pena a los laicos pertenecientes a la Fraternidad Sacerdotal
San Pío X no puede «presumirse de manera automática, sino que debe evaluarse
caso por caso».
«Dado que la
imputabilidad requiere pleno conocimiento y consentimiento deliberado», señala
el documento del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, algunos ejemplos de
imputabilidad comprobada pueden incluir: laicos pertenecientes a la Tercera
Orden de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X; y laicos que participan
habitualmente en las celebraciones de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X,
compartiendo formalmente sus posiciones doctrinales.
El procedimiento a seguir
El
procedimiento que, en su caso, deben seguir los laicos pertenecientes a la
Fraternidad Sacerdotal San Pío X a los que se les haya impuesto una sanción y
que soliciten entrar en plena comunión con la Iglesia Católica «implica un acto
formal de plena adhesión a la doctrina y de obediencia a la jerarquía católica,
bajo la jurisdicción del Ordinario del lugar, garante de la unidad de la
Iglesia particular». Por lo tanto, un fiel laico que haya decidido abandonar la
Fraternidad Sacerdotal San Pío X debe presentar a su obispo la Professio
fidei y la Formula adhaesionis, fechadas y firmadas. «Una vez
obtenida la documentación, el Ordinario del lugar se encargará de acoger al
fiel laico en el plazo y de la forma que considere más oportunos».
Los laicos no imputables
El documento
precisa que «no deben considerarse imputables: los laicos que hayan frecuentado
la Fraternidad Sacerdotal San Pío X únicamente por motivos litúrgicos o
espirituales; los laicos que, aun siendo conscientes de las tensiones con la
Santa Sede, no rechacen el Magisterio ni la autoridad del Romano Pontífice».
En cuanto a
estos últimos, bastará con que acudan «a un sacerdote en plena comunión con la
Iglesia, con la decisión de no frecuentar en el futuro la Fraternidad
Sacerdotal San Pío X».


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