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    jueves, 2 de julio de 2026

    El impuesto a intereses de los ahorros resulta superior al 10%


    La Escuela Económica | Esteban Delgado (@estebandelgadoq)

     


    El impuesto a intereses de los ahorros resulta superior al 10%

     

    Todos los impuestos son indeseados; pero hay unos más que otros. Uno de ellos es el gravamen de 10% que pesa sobre los intereses de los ahorros que tienen las personas en cualquier instrumento financiero que genere renta.

     

    Desde su creación, ese impuesto generó reacciones diversas, especialmente de representantes del sector financiero que alegaban podría causar un desincentivo al ahorro. Puede que esas críticas fueran justificadas, pero al final se impuso el impuesto.

     

    El tema es que, aunque en términos específicos ese gravamen es de un 10% sobre los intereses que generan los ahorros, la realidad es que su aplicación resulta en tasas más altas, que pueden ir desde un 15% hasta un 27%.

     

    ¿Cómo así? Bueno, resulta que si usted está registrado como persona física, cuando va a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a presentar su declaración jurada anual, esta institución le pide constancia de todos los ingresos que usted recibió en el año: salario, si es empleado; pagos por servicios prestados; intereses de los ahorros que tenga en el banco o cualquier otra entidad, entre otros.

     

    Cuando usted lleva todas las constancias de ingresos donde le retuvieron impuestos, como el 15% actual, que antes era 10% (Ley 30-26) o las retenciones del 10% a los intereses que le hace el banco o puesto de bolsa o cualquier otra entidad; una vez verificadas todas esas fuentes de ingresos y retenciones, la DGII las suma y con base en la cantidad recibida por usted en el año, establece la tabla de impuesto sobre la renta (ISR) que indica la ley.

     

    Para los fines actuales, si sus ingresos totales (sumados todos) resultaron en menos de RD$34,685 mensuales, entonces no pagaría ISR (a partir del 2027 el monto exento será hasta RD$40,000 mensuales).


    Sin embargo, en caso de que la suma de sus ingresos resulte superior a esa cantidad, pagaría 15% de ISR hasta llegar a poco más de RD$52,000 mensuales. Desde ese monto y hasta los RD$74,000, más o menos, paga 20% de ISR y si supera esa cantidad, el pago sobre lo adicional es de 25%.

     

    Entonces, puede que dentro de los montos que le suma la DGII como ingreso estén los que usted recibió como intereses de los ahorros, sobre los que pegó un impuesto de 10%, pero que, si al sumarlo con otros ingresos, supera las cantidades mensuales mencionadas, el 10% sube a un 15%, 20% y hasta 25% o más.

     

    Claro que, esto se aplica para aquellos que se registran como personas físicas. Si usted no está registrado en la DGII y tiene ahorros que le generan intereses mensuales, solo paga el 10% que le retiene el banco y nada más, porque no tiene que hacer reportes de declaración jurada anual. Eso, independientemente de que sus ingresos acumulados superen los montos mensuales gravables ya mencionados.

     

    Pero para los que son personas físicas registradas ante la DGII, el ISR se aplica a la suma de todos los ingresos, independientemente de que su procedencia esté gravada o no, o de que las tasas sean menores a las que finalmente se aplican con base en los montos recibidos.

     

    De ahí que ya el Gobierno ha dejado de considerar modificaciones a tasas impositivas relacionadas con los ingresos, porque, de todas formas, terminan en niveles mayores a los que están escritos en el papel.


    Eso pasa con el aumento de la retención del ISR por servicios prestados, que pasó de 10% a 15%. Para el Estado eso no es un ingreso extra, porque al final termina cobrando más que ese 10% y más que ese 15%, dependiendo de los ingresos que reciba el declarante.

     

    Lo que pasa es que, como se eliminó el adelanto de ISR que conocemos como “anticipo” en las microempresas, el Gobierno creó una especie de “anticipo sustituto” con la retención de un 5% adicional al 10%, que le garantizará un flujo de caja mensual parecido al anticipo que pagaban las microempresas.

     

    Al final, no se trató de un aumento del ISR a los ingresos de las personas físicas, sino un adelanto mayor que para los contribuyentes se cuadra al cierre de cada año cuando hacen su declaración jurada de ingresos y pagan las tasas impositivas correspondientes con base en su ingreso promedio mensual. Es como se dice en los casinos: “la casa pierde y aun así se ríe”.






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